Se publica decreto que reforma los artículos 2°, fracción XVII; 7°, primer párrafo; 23, primer párrafo y 52, segundo párrafo de la Ley General de Asentamientos Humanos.Por medio de estas modificaciones se inscribe en ese ordenamiento el nombre de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (en lugar de Secretaría de Desarrollo Social).