Se publica decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 62 de la Ley General de Vida Silvestre. Dicho artículo quedaráde la siguiente forma: «Artículo 62. La Secretaría deberá implementar programas para la conservación, recuperación, reproducción y reintroducción en su hábitat, de especies y poblaciones prioritarias para la conservación, con la participación en su caso de las personas que manejen dichas especies o poblaciones y demás involucrados.»

Diario Oficial de la Federación, 19 de marzo, 2014

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Acerca de Normateca Ambiental

Normateca Ambiental es una iniciativa del Centro de Estudios Demográficos, Urbanos y Ambientales de El Colegio de México,que se propone como un espacio de información y reflexión sobre la producción jurídica ambiental en México.

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Agenda verde, Norma Mexicana

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