Se publica Decreto por el que se reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Dicha reforma establece que la Comisión Nacional Forestaltendrá como órgano de gobierno a una Junta de Gobierno, integrada por los titulares de las Secretarías de la Defensa Nacional; Hacienda y Crédito Público; Desarrollo Social; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Economía; Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; y Turismo, así como de la Comisión Nacional del Agua.
Los titulares deberán nombrar un suplente que deberá tener por lo menos el cargo de Director General o su equivalente y que cuenten con la disponibilidad necesaria para atender con diligencia y oportunidad los asuntos inherentes a su suplencia.