Se publica Decreto por el que se reforma el artículo 47 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Esta reforma estipula que los pequeños generadores de residuos peligrosos, deberán registrarse ante la secretaría y contar con el registro del volumen anual de residuos peligrosos que generan y las modalidades de manejo.

Diario Oficial de la Federación, 22 de mayo, 2015.