Se publica Decreto por el que se establecen facilidades administrativas para renovar los títulos de concesión de aguas nacionales otorgados para uso agrícola y pecuario, cuyos volúmenes sean menores de 50 mil m³, y de asignación para uso público urbano y doméstico, cuya vigencia, en ambos casos, haya expirado en un plazo dentro de 10 años anterior a la fecha de publicación del presente decreto, y no se haya solicitado prórroga en el plazo establecido en el párrafo segundo del artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales.

Diario Oficial de la Federación, 14 de marzo, 2023