La Dirección General de Impacto y Riesgo de la Semarnat, en cumplimiento de lo previsto en la fracción I del artículo 34 de la LGEEPA y de lo previsto en el Reglamento en materia de impacto ambiental publica en Gaceta extemporáneaUn trámite unificado de cambio de uso del suelo forestal y/o aprovechamiento forestal, ingresado a Evaluación en Delegaciones Federales.