
La Comisión Nacional del Agua publica Acuerdo por el cual se reforma el artículo Segundo Transitorio de las Reglas Generales sobre medición de aguas nacionales a que se refiere la fracción I, del párrafo tercero, del artículo 225, de la Ley Federal de Derechos. Estas Reglas habían sido publicadas el 9 de abril de 2020 en el Diario Oficial de la Federación. En ellas se establecen que para la medición de los volúmenes de aguas nacionales usados, explotados o aprovechados, los aparatos de medición que adquieran e instalen o conserven los contribuyentes deberán cumplir con la «NMX-AA-179-SCFI-2018 Medición de volúmenes de aguas nacionales usados, explotados o aprovechados», a partir del 1 de octubre de 2020.
SE SOLICITA ATENTAMENTE INFORMARME EN QUE INSTITUCIONES O UNIVERSIDAES SE PUEDEN REALIZAR LOS CURSOS QUE SEÑALAN EN EL DIARIO OFICIAL PARA PODER DARSE DE ALTA COMO PRESTADORES DE SERVICIOS INTEGRADOS
PUEDE UNA PERSONA FISICA TENER ESTA CERTIFICACIÓN? O ES PARA PERSONAS MORALES UNICAMENTE?
GRACIAS
Estimado Roberto Quero Santiago, le sugerimos remitirse a la Comisión Nacional del Agua. Reciba un cordial saludo.