El anteproyecto elimina el trámite y formato “CONAGUA-02-004” a cargo de la Subdirección General de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento, al ya no tener el soporte jurídico que sustente su existencia. Asimismo, elimina las modalidades del trámite y formato “CONAGUA-03-004“, a efecto de que exista un trámite particular para cada una de las hipótesis a presentar al tiempo que se establecerán adecuadamente las unidades responsables de cada uno.
Por último, con la modificación del “Acuerdo mediante el cual se establece el trámite electrónico en la Comisión Nacional del Agua en materia de administración del agua”, reformado el 6 de marzo de 2014, se informará a la ciudadanía que se podrá promover el trámite competencia de la Subdirección General Técnica por vía electrónica, además de eliminar las manifestaciones relacionadas con el trámite “CONAGUA-02-004”, a efecto de dar certidumbre jurídica a los gobernados.