La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emite el Oficio número 349-B-356, mediante el cual la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios de la Subsecretaría de Ingresos autoriza a la Comisión Nacional del Agua, bajo la figura de aprovechamientos, las cuotas por metro cúbico necesarias para la determinación y pago de la cuota de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales.

La determinación y pago del aprovechamiento correspondiente se efectuará de conformidad con los lineamientos que establece el Reglamento para la determinación y pago de la cuota de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo del2011, a través del Sistema de Declaraciones y Pago Electrónico Declar@gua en los portales de internet o ventanillas bancarias de las instituciones de crédito autorizadas por esta Secretaría bajo la clave 700174, Cuota de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales (CONAGUA-SEMARNAT).

Diario Oficial de la Federación, 21 de noviembre 2018.

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Normateca Ambiental es una iniciativa del Centro de Estudios Demográficos, Urbanos y Ambientales de El Colegio de México,que se propone como un espacio de información y reflexión sobre la producción jurídica ambiental en México.

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